La utilización de la capacidad productiva industrial descendió en marzo, mostrando un deterioro en sectores clave como la automotriz, textil y productos de caucho.

Cayó el uso de la capacidad instalada en la industria: se ubicó en 54,4%
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El organismo detectó que el producto utilizaba números de registro inexistentes y no contaba con la documentación requerida para su elaboración y comercialización.
La ANMAT ordenó la prohibición de un aceite de oliva comercializado en el país que carecía de registros sanitarios y utilizaba información falsa en su etiquetado. La medida fue oficializada este jueves a través de la disposición 3149/2025 publicada en el Boletín Oficial.
La resolución alcanza al producto identificado como “Olive Oil Extra Virgen, marca Quinta estación, RNE N° 13261475, RNPA N° 13619456, Origen de Mendoza”. Según el organismo, el aceite no contaba con registros de establecimiento ni de producto, y los números de RNE y RNPA indicados en el envase no correspondían a inscripciones válidas, lo que configura un rótulo falso.
El alcance de la prohibición es nacional y también incluye a las plataformas de venta en línea. La disposición establece la medida para todas las presentaciones, lotes y fechas de vencimiento del producto, debido a su condición de ilegalidad al no poder determinarse su origen ni sus condiciones de elaboración.
Desde la ANMAT se informó que el producto en cuestión “no puede garantizar su trazabilidad, sus condiciones de elaboración ni su calidad”, y que, por lo tanto, “se lo considera un producto ilegal”.
La intervención del organismo se enmarca en su competencia para proteger la salud de la población ante posibles riesgos derivados del consumo de alimentos que no cumplan con las normativas vigentes.
La utilización de la capacidad productiva industrial descendió en marzo, mostrando un deterioro en sectores clave como la automotriz, textil y productos de caucho.
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