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Las claves del nuevo Código Penal: ¿Qué pasa con los delitos de corrupción?

El juez Mariano Borinsky, a cargo de la Comisión Redactora del nuevo Código Penal, dio detalles acerca del proyecto que anunció el Gobierno.

Las claves del nuevo Código Penal: ¿Qué pasa con los delitos de corrupción?

El juez de la Cámara Federal de Casación Penal, Mariano Borinsky, habló hoy acerca del proyecto de Reforma del Código Penal que anunció ayer el Gobierno nacional.

En diálogo con Mitre, el magistrado explicó que la nueva legislación apunta a "tres pilares: la vida, la persona y la propiedad. Tenemos nueva criminalidad, porque tenemos modalidades delictuales que hace 100 años no existían: los casos de motovehículos, de viuda negra, las estafas piramidales, las salideras bancarias... Todo lo que de alguna forma afecta la propiedad, es una nueva criminalidad".

Borinsky, que es presidente de la Comisión Redactora de la Reforma del Código Penal, también señaló que la nueva redacción ubica a la víctima como "centro del proceso penal". "Hay un cambio de doctrina fundamental. Va a ser la víctima el centro del proceso penal y ya no vamos a discutir más garantismo o mano dura. De lo que vamos a hablar es de la aplicación efectiva de la ley penal, lo que queremos es que lo que dice una sentencia, se aplique y no haya dudas", recalcó.

Asimismo, dijo que el Código Penal "va de la mano" con el Código Procesal -el instrumento que regula el desarrollo del proceso judicial-, y que éste prevé "un acortamiento de los plazos procesales", por lo que habrá procesos más breves. Hoy en Argentina, según cifras que maneja la propia Comisión, un 50% de las 140.000 personas privadas de su libertad se encuentran con prisión preventiva.

De todos modos, Borinsky advirtió que para la aplicación del instrumento, es fundamental cubrir las vacantes del Poder Judicial. "Tenemos casi un 35% de vacantes. Es necesario que tengamos los jueces para aplicar los instrumentos", dijo.

Qué pasa con los delitos de corrupción

La reforma prevé un incremento punitivo para los delitos de corrupción, con penas que llegan hasta los 16 años. También establece nuevos mecanismos para recuperar los bienes surgidos del uso de fondos malhabidos, como el decomiso anticipado, es decir, desde el comienzo mismo del proceso penal, y no al final.

Para éste y otros delitos -como los casos de narcotráfico, homicidios o facilitación de la prostitución- tampoco regirá la cláusula de "plazo razonable de juzgamiento". "Es la contracara de la prescripción", aclaró Borinsky.

"La definición más específica es la de aplicación efectiva de la Ley Penal. La gente no quiere más demagogia, que una sentencia dice 10 y se cumple uno. Lo que pide la sociedad es que lo que fija una sentencia, se cumpla", sintetizó.